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mayo 9, 2020

Decreto 0387/2020: Actividad inmobiliaria Aglomerado Urbano del Gran Santa Fe

Decreto 0387/2020: Actividad inmobiliaria Aglomerado Urbano del Gran Santa Fe

El Directorio del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe – 1ra Circunscripción recuerda a sus matriculados que por Decisión Administrativa N° 729/2020, el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación ha exceptuado del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a la actividad inmobiliaria del Aglomerado Urbano del Gran Santa Fe.

En virtud de ello, la Provincia de Santa Fe ha dictado el Decreto N° 0387/2020 (que en copia se adjunta), mediante el cual se determina la forma en que se instrumenta dicha excepción. Al respecto, se deberán: a) asignar turnos de atención, cuando fuere indispensable la concurrencia a las oficinas en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; b) cumplir las medidas de prevención sanitaria y el distanciamiento personal; c) realizar visitas a inmuebles sólo en caso de estar desocupados, pudiendo concurrir un (1) representante de la firma y acompañar a una (1) persona por vez, utilizando los elementos de protección de nariz, boca y mentón y guardando el distanciamiento personal

Por otra parte, se informa que en el marco del análisis de la Decisión Administrativa 729/2020, las autoridades de este Colegio mantuvieron una reunión en el día de ayer con representantes de la Municipalidad de Santa Fe (Secretario de Gobierno, Nicolás Aimar; Secretario de Producción y Desarrollo Económico, Matías Schmuth; y Director de Derechos y Vinculación Ciudadana, Franco Ponce de León) y los Presidentes de las cámaras locales (CECI, Walter Govone, y CISFE, Alberto Bottai).

En dicho encuentro se determinó que, en una primera instancia, el funcionamiento de la actividad inmobiliaria dentro del ejido de la ciudad de Santa Fe sólo podrá desarrollarse de lunes a viernes en horario reducido (entre las 09:00 y las 13:00). Igualmente, y mientras se evalúa el desempeño y el impacto de las medidas dispuestas, se resolvió diferir para un próximo encuentro la autorización a los corredores inmobiliarios a fin de que puedan organizar visitas a inmuebles.

Finalmente, se recuerda a todos los matriculados que para la apertura de las oficinas deberán:

  • Completar con carácter de Declaración Jurada el permiso correspondiente por ante el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, accediendo para ello al siguiente link: https://aswe.santafe.gov.ar/formulario_excepcion_covid19/
  • Obtener el CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN (corredor inmobiliario y dependientes), accediendo para ello al siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/circular/dni
  • Ceñirse al PROTOCOLO DE HIGIENE Y FUNCIONAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES elaborado por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, dependiente del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia (que se adjunta con el presente)

 

Protocolo de Higiene y Funcionamiento

 
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